No hace mucho, que nos llega un cliente, con una instalación fotovoltaica aparentemente bien ejecutada, con buenos módulos, con una buena conexión, con un gran inversor, pero con un problema. Consume mas que antes de hacer la instalación.
Mientras la empresa instaladora de turno, unos mega especiales, «abanderados del cambio» se desentienden de ese problema, claro, ellos ya han cobrado.
Así las cosas nos ponemos manos a la obra para hacerle una auditoria, en la que nos encontramos con un problema endémico en el sector.
«LA INSTALACION NO ESTA DEBIDAMENTE LEGALIZADA»
¿y eso que tiene que ver con mi consumo nos pegunta el cliente’ ¿yo tengo un boletín de industria que me firmo y me dio el electricista que lo montó, eso no es legalizar?
Estas 2 simples preguntas, tienen una respuesta corta: NO, Eso no es legalizar. Ahí no termina el proceso
Pero también tiene una respuesta larga, que detallo.
No legalizar, implica, que no puedes reclamar, entre otras cosas los excedentes, que al ser pulsos eléctricos pasando por el toroidal del contador, la empresa distribuidora los contabiliza como consumo. siendo ese «consumo» el que se da cuando hay excedentes, que además coincide con las horas mas caras.
Resumen, sin explayarme demasiado.
No legalizar perjudica seriamente la salud de nuestra cartera